¿Que es el derecho de autor?
El Derecho de Autor, es el reconocimiento que hace el Estado Mexicano a favor de todo creador de obras literarias y artísticas.
¿Quién es un autor?
Autor es la persona física que ha creado una obra literaria y artística
¿Qué s el derecho moral?
El derecho moral es aquel que protege la personalidad del autor con relación a su obra. Está integrado por el derecho a decidir la divulgación de la obra, de exigir que se respete su condición de creador, de cuidar la integridad de su creación, de retractarse o arrepentirse por cambio de
convicciones, de retirarla de circulación y de oposición a que se le atribuya una obra no propia.
¿Qué es el derecho patrimonial?
El derecho patrimonial es aquel que posibilitan que el autor efectúe la explotación de la
obra o que autorice a otros a realizarla, que participe en ella y que obtenga un beneficio
económico.
¿Qué protege la legislación del derecho de autor?
Protege las obras de creación original susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio, mismas que se señalan en la ley.
¿Desde qué momento se protegen las obras?
Las obras se protegen desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, independientemente del mérito, destino o modo de expresión.
¿Las obras que protege el derecho de autor a que rama corresponden?
I. Literaria;
II. Musical, con o sin letra;
III. Dramática;
IV. Danza;
V. Pictórica o de dibujo;
VI. Escultórica y de carácter plástico;
VII. Caricatura e historieta;
VIII. Arquitectónica;
IX. Cinematográfica y demás obras audiovisuales;
X. Programas de radio y televisión;
XI. Programas de cómputo;
XII. Fotográfica;
XIII. Obras de arte aplicado que incluyen el diseño gráfico o textil, y
XIV. De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras u otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.
Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más afín a su naturaleza.
¿Qué no protege el derecho de autor?
I. Las ideas en sí mismas, las fórmulas, soluciones, conceptos, métodos, sistemas, principios, descubrimientos, procesos e invenciones de cualquier tipo;
II. El aprovechamiento industrial o comercial de las ideas contenidas en las obras;
III. Los esquemas, planes o reglas para realizar actos mentales, juegos o negocios;
IV. Las letras, los dígitos o los colores aislados, a menos que su estilización sea tal que las conviertan en dibujos originales;
V. Los nombres y títulos o frases aislados;
VI. Los simples formatos o formularios en blanco para ser llenados con cualquier tipo de información, así como sus instructivos;
VII. Las reproducciones o imitaciones, sin autorización, de escudos, banderas o emblemas de cualquier país, estado, municipio o división política equivalente, ni las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales gubernamentales, no gubernamentales, o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos;
- Los textos legislativos, reglamentarios, administrativos o judiciales, así como sus traducciones oficiales. En caso de ser publicados, deberán apegarse al texto oficial y no conferirán derecho exclusivo de edición;
Sin embargo, serán objeto de protección las concordancias, interpretaciones, estudios comparativos, anotaciones, comentarios y demás trabajos similares que entrañen, por parte de su autor, la creación de una obra original;
IX. El contenido informativo de las noticias, pero sí su forma de expresión, y
IX. La información de uso común tal como los refranes, dichos, leyendas, hechos,
calendarios y las escalas métricas.