¿Preguntas?


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¿Es lícito fotocopiar material protegido por el Derecho de Autor?
¿Cuánto se fotocopia y cuál es la pérdida causada por esa práctica?
¿Quiénes son los afectados?
¿Cuál es la solución?
¿Qué es una licencia para fotocopiado?
¿Quiénes pueden asociarse? 

¿Es lícito fotocopiar material protegido por el Derecho de Autor?

El fotocopiado es el método de reprografía más utilizado en la actualidad. Mediante este procedimiento todos los días se copian documentos, cartas y, en general, todo tipo de textos, así como las imágenes que aparecen en ellos.
Al fotocopiar, total e incluso parcialmente, libros, revistas, periódicos y demás material protegido por el Derecho de Autor, se incurre en una práctica ilícita que genera grandes pérdidas económicas y daño moral a los autores y/o titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre esas obras.
¿Cuánto se fotocopia y cuál es la pérdida causada por esa práctica? 
Para tener una idea de qué es lo que sucede cuando se fotocopia un libro basta contemplar las siguientes cifras:
• En México se efectúan al año alrededor de 5 mil millones de fotocopias de material protegido por el Derecho de Autor (obras literarias, pero hay que recordar que es común que éstas incluyan imágenes, es decir, obras gráficas).
• Si cada libro fotocopiado tuviera 250 páginas, el fotocopiado realizado equivaldría a 20 millones de libros.
• Si cada libro costara, en promedio, $150.00 (ciento cincuenta pesos), se tendría un total de $3,000 millones de pesos.
¿Quiénes son los afectados? 
Si de la cifra mencionada el porcentaje por concepto de regalías fuera del 8% resultaría que, anualmente, los creadores de esas obras, llámense investigadores, artistas gráficos, científicos o autores en general, dejarían de recibir 240 millones de pesos como retribución a su trabajo intelectual.
¿Cuál es la solución?
Regular el fotocopiado de material protegido a través del otorgamiento de licencias.
El Centro Mexicano de Protección y Fomento de los Derechos de Autor (CeMPro) es una Sociedad de Gestión Colectiva, constituida conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor y autorizada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, que, en representación de titulares de derechos de autor, puede expedir licencias para fotocopiar obras protegidas.

¿Qué es una licencia para fotocopiado?
Es el instrumento jurídico que permite a una institución, empresa, organización, etc. fotocopiar mediante un pago material protegido por el Derecho de Autor. La licencia representa una protección para el licenciatario contra denuncias y/o demandas por la reproducción no autorizada de las obras, de parte de los autores y las editoriales titulares de derechos de autor.

¿Quiénes pueden asociarse? 
1.- EDITORES ACTIVOS.- Todas las personas físicas o morales dedicadas a la edición de obras literarias o artísticas y que sean titulares de derechos de autor, según se describe en los artículos del 125 al 128 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
2.- AUTORES ACTIVOS.- Todas las personas físicas creadoras de obras literarias o artísticas y que sean titulares de los derechos de autor.